02.02.2018 | 7 minutos de lectura | Imprimir artículo

Perspectivas de los Fondos de Garantía de Depósito en Europa

Los Fondos de Garantía de Depósitos (FGD) son una serie de instrumentos creados para proteger a los ahorradores de las hipotéticas consecuencias que una quiebra del sistema bancario podría acarrear sobre sus ahorros. Si bien, este tipo de  instrumentos existían antes del estallido de la crisis, ha sido a partir de esta cuando desde los distintos países europeos se han potenciado y se han establecido criterios de armonización entre los distintos FGD de cada país.

En el caso de España, una vez que entregamos nuestro dinero a un banco, si este quebrara, estaríamos protegidos y recuperaríamos nuestro dinero hasta cierto límite. Si tenemos una cuenta corriente, una libreta de ahorros o un depósito a plazo, nuestro dinero está garantizado hasta 100.000 euros por cada titular y cada entidad, una cobertura que es prácticamente igual a la que ofrecen los distintos FGD de cada país europeo, con alguna excepción. Ejemplo: una pareja tiene 120.000 euros en una cuenta corriente en un banco, lo tienen todo garantizado. Si tienen 240.000 euros, solo tendrían garantizados 200.000€ (100.000€ por persona).

Garantías armonizadas de los FGD de diferentes países (legislación de la UE).

Desde la Unión Europea (UE) a fin de garantizar unas condiciones equitativas para todos los países y habitantes de la UE y la estabilidad financiera en el mercado interior, se decidió establecer un criterio armonizado de cobertura de los depósitos por particular. Este criterio viene recogido en la legislación más reciente desarrollada por la UE que es la Directiva 2014/49/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de abril de 2014. En dicha legislación, se señala literalmente que “Por una parte, el nivel de cobertura que se establece en la presente Directiva no debe dejar una proporción demasiado elevada de depósitos sin protección, tanto en interés de la protección de los consumidores como de la estabilidad del sistema financiero. Por otra parte, debe tenerse en cuenta el coste relativo a la financiación de  los  FGD.  Parece  razonable,  por  lo  tanto,  establecer  el  nivel  armonizado de cobertura en 100.000 euros por depositante y no por depósito.”

La aplicación de esta legislación y su trasposición por cada país es la principal causa de que en la mayoría de países miembros de la UE nos encontremos con una cobertura idéntica.

¿Qué países ofrecen una cobertura distinta a la convencional en sus FGD?

El nivel fijo de cobertura de 100.000 euros ha colocado a algunos Estados miembros en la obligación particular de reducir su nivel de cobertura, con el riesgo de socavar así la confianza de los depositantes. Por consiguiente, se permite a los Estados miembros aplicar un nivel de cobertura superior si ya disponían de un nivel de cobertura superior al armonizado antes de aplicarse la Directiva 2009/14/CE. Eso sí, la UE avisa en sus disposiciones legales que “dicho nivel de cobertura superior debe ser limitado en el tiempo y en su ámbito de aplicación, y los Estados miembros de que se trate deben adaptar proporcionalmente su nivel de financiación objetivo y las aportaciones abonadas a sus SGD. (…). Para limitar el impacto de unos niveles de cobertura diferentes, y habida cuenta de que la Comisión revisará la aplicación de la presente Directiva el 31 de diciembre de 2018 a más tardar, es conveniente permitir la existencia de esta opción hasta esa fecha.”

Así pues, gracias a estas disposiciones podemos encontrar excepciones a la regla dentro de los países europeos. Tal es el caso de Reino Unido donde el límite de cobertura es de 85.000 libras esterlinas por cliente, en Suecia es de 950.000 coronas suecas, 2.000.000 de coronas noruegas en Noruega, en Luxemburgo aplican las regla de los 100.000 euros por cliente, pero establecen unas excepciones donde la garantía puede llegar hasta los 2.500.000 euros, entre 100.000 y 400.000 francos suizos en Liechtenstein, Alemania en casos especiales puede cubrir hasta 500.000 euros por depósito, entre 196.000 y 250.000 levs en Bulgaria, y en Austria al igual que en Alemania se aplica la regla de los 100.000 euros pero también tiene casos especiales en donde la cobertura asciende hasta los 500.000 euros.

¿Cómo se dotan de recursos los FGD y cuál es la ratio de cobertura que deben tener?

Tal y como señala la Autoridad Bancaria Europea, para llevar a cabo sus funciones, un FGD necesita acceso a la financiación. Un FGD es financiado por aquellas instituciones a las que proporciona protección de depósitos. Si un único FGD abarca todos los bancos de un Estado miembro, será financiado por todos los bancos de ese Estado miembro. Un Estado miembro puede tener varios FGD, en cuyo caso, cada FGD será financiado por todos los bancos que estén cubiertos por él.

Si bien los fondos del FGD provienen en última instancia de los bancos que están protegidos por ese FGD, tradicionalmente han existido diferentes modelos de financiación para los FGD en la UE. La Directiva más reciente de Fondos de Garantía de Depósitos armoniza la financiación de FGD, por lo que ahora la financiación de FGD funciona de la siguiente manera:

  • Todos los FGD deben tener un fondo que se crea antes de una falla bancaria. Los bancos cubiertos por esos FGD deben pagar gravámenes en el fondo a lo largo del
  • Cuando un FGD no tiene suficiente dinero en el momento en que tiene que proteger los depósitos, puede recaudar gravámenes extraordinarios de todos sus miembros para cubrir el déficit.
  • Los Estados miembros están obligados a garantizar que los FGD cuenten con medios alternativos de financiación adecuados para garantizar que puedan cumplir con sus obligaciones de reembolsar o proteger a los depositantes. En la práctica, esto puede implicar, por ejemplo, que el Estado miembro proporcione una protección temporal respaldada por el Estado para su
  • Los FGD también pueden pedir prestado entre ellos o de otros participantes en el mercado o instituciones de crédito. Por lo tanto, si un FGD no tiene suficiente dinero disponible inmediatamente, puede pedir dinero prestado a otro FGD, participante en el mercado o institución de crédito, siempre que esté dispuesto a extender dicho préstamo.

Además, cuando un FGD paga directamente a los depositantes, asume sus derechos y puede recuperar parte del dinero del patrimonio del banco que ha quebrado (dependiendo de la cantidad de pérdidas y recuperaciones).

Los FGD deben ahora recaudar impuestos de los miembros de su banco para crear un grupo de fondos que estará disponible por adelantado para el FGD. El FGD debe recaudar fondos equivalentes al menos al 0,8% de los depósitos cubiertos que protege (aunque en algunos casos excepcionales, la ratio de cobertura objetivo puede ser tan bajo como 0,5% de los depósitos cubiertos). Si bien un FGD individual puede cubrir una gran cantidad de depósitos cubiertos, la posibilidad de que ocurran múltiples fallas bancarias grandes al mismo tiempo es muy remota. Por lo tanto, se ha establecido la ratio de cobertura objetivo en torno al 0,8% y 0,5% de los depósitos para garantizar que haya suficientes fondos disponibles para hacer frente a la mayoría de quiebras bancarias, sin sacar demasiado dinero del sistema financiero por una eventualidad que ocurre rara vez.

En principio, cuanto mayor sea la ratio de cobertura, mas seguridad y más capacidad de respuesta inmediata dispondrá el FGD de ese país en cuestión. La Autoridad Bancaria europea publica regularmente los datos de los FGD de los países europeos y entre ellos su ratio de cobertura. Puedes consultar el estado de cada FGC a través de este enlace.